ANSES
GENERAL RODRIGUEZ
INFORMA
| INFORMACION
SOBRE TRAMITES: |
| LAS
PAREJAS DEL MISMO SEXO TENDRAN DERECHO A LA PENSION POR VIUDEZ |
| SE
UTILIZARÁ LA FIRMA ELECTRÓNICA PARA AGILIZAR
LOS TRÁMITES PREVISIONALES ENTRE PAÍSES DEL
MERCOSUR |
| Asignacion
por matrimonio para trabajadores en actividad |
| Desde
Agosto, las certificaciones de servicios se emitiran por internet |
| TODOS
LOS TRÁMITES SON GRATUITOS |
| PENSIÓN
POR FALLECIMIENTO DE UN JUBILADO |
| CAMBIO
DE BANCO PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS |
| CÓMO
SE DEBE TRAMITAR EL CUIL |
| LA
CERTIFICACIÓN NEGATIVA SE PUEDE OBTENER POR INTERNET |
| VUELTA
A LA ACTIVIDAD |
| ASIGNACIÓN
FAMILIAR POR MATERNIDAD |
| EL
CODEM SE PUEDE SOLICITAR A TRAVÉS DE INTERNET |
LAS
PAREJAS DEL MISMO SEXO TENDRAN DERECHO A LA PENSION POR VIUDEZ
El
solicitante deberá acreditar como mínimo cinco años
de convivencia y contar con los requisitos de acceso a la pensión.
La medida tiene alcance nacional y representa un nuevo paso para
igualar los derechos de todos los convivientes.
El
Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la
Seguridad Social (ANSES), Lic. Amado Boudou, firmará una
resolución que reconoce el derecho a la pensión
por viudez para las parejas del mismo sexo. La medida tiene alcance
nacional y beneficiará a todos aquellos que puedan demostrar
una convivencia de por lo menos cinco años y que cuenten
con los requisitos de acceso a la pensión.
Boudou
destacó que esta resolución aspira a “poner
en un plano de igualdad de derechos a todos los convivientes”.
También remarcó que la medida está enmarcada
“en la política de derechos humanos y de una institucionalidad
fuerte que impulsa la presidenta Cristina Fernández de
Kirchner”.
Para
poder acceder al beneficio de pensión, las parejas del
mismo sexo deberán presentar pruebas documentales como,
por ejemplo, cuentas bancarias, inmuebles en común o certificados
que demuestren que el inmueble estaba a nombre de uno y los servicios
los pagaba el otro. Este proceso de probatoria ya existe y hasta
ahora sólo regía para parejas heterosexuales.
Otro
aspecto importante es contar con los requisitos de acceso a la
pensión. Esto significa que la persona fallecida deberá
ser aportante regular o irregular con derecho al momento de su
deceso.
Esta
resolución es una nueva interpretación de las normas
a la luz de la reforma constitucional, de los tratados internacionales
suscriptos por la Argentina y de la experiencia de otros países,
sobre todo del hemisferio norte. Este contexto, dice la resolución,
"exige replantear en el ámbito de ANSES el criterio
adoptado hasta la fecha" e "interpretar las normas vigentes
acorde con esa igualdad de trato para el otorgamiento de derechos
fundamentales como son los derivados de la Seguridad Social".
SE
UTILIZARÁ LA FIRMA ELECTRÓNICA PARA AGILIZAR LOS
TRÁMITES PREVISIONALES ENTRE PAÍSES DEL MERCOSUR
El
primero de julio entró en funcionamiento la firma electrónica
entre los organismos de seguridad social del MERCOSUR, que permite
agilizar los trámites previsionales de los trabajadores
de esos países, al reducir los tiempos en el intercambio
de información. De esta manera, se reduce el papeleo que
deben presentar los trabajadores de un país miembro del
MERCOSUR para acreditar años de trabajo efectuados en otro
país para obtener su jubilación.
Asignacion
por matrimonio para trabajadores en actividad
La
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
informa que los trabajadores bajo relación de dependencia
pueden percibir la asignación por contraer matrimonio.
Su valor es de $600 y la ANSES la abona directamente a ambos cónyuges.
El trámite es gratuito y se realiza en la sucursal del
Correo Argentino más cercana al domicilio del trabajador.
Para consultar sobre la documentación a presentar, comunicarse
al 0800-22-26737, de lunes a viernes de 08 a 20 hs o visitar la
página de Internet, www.anses.gov.ar.
Desde
Agosto, las certificaciones de servicios se emitiran por internet
Ingresando
a www.anses.gov.ar los empleadores las obtendrán automáticamente.
Las certificaciones de servicios son fundamentales para que el
trabajador pueda gestionar su futura jubilación.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
informa que desde el 1° de agosto, los empleadores que actualmente
generan y emiten las certificaciones de servicios de sus trabajadores
deberán hacerlo vía Internet, ingresando a www.anses.gov.ar,
en la sección Autopistas de Servicios, o bien ingresando
a www.afip.gov.ar, en la sección “Mi Simplificación”.
Hasta
agosto, los empleadores utilizaban formularios manuales confeccionados
con registros propios. Desde ahora, deberán utilizar una
aplicación que emitirá automáticamente las
certificaciones que se soliciten con los datos y las condiciones
que establece ANSES.
Esta
nueva modalidad estandariza y simplifica las obligaciones de los
empleadores, minimizando el esfuerzo de captura de datos en la
emisión del certificado. Asimismo, esta herramienta evita
situaciones de fraude, facilita la rectificación y reduce
el costo administrativo de los empleadores. Por su parte, los
trabajadores podrán tener un mejor control de los datos,
al tiempo que se beneficiarán con una mayor celeridad en
la probatoria de los servicios.
“Este
nuevo servicio se suma a los que actualmente posee www.anses.gov.ar,
la sección Autopista de Servicios y que responde a la política
desarrollada desde el organismo previsional desde hace 6 años,
de facilitar el acceso de los ciudadanos a los trámites
y servicios en seguridad social”, señaló Amado
Boudou, Director Ejecutivo de ANSES.
La nueva herramienta asegurará que toda certificación
que se emita, se encuentre respaldada por las declaraciones juradas
del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Un
dato a tener en cuenta por los empleadores es que para poder generar
y emitir la certificación de servicios, la relación
laboral tendrá que estar previamente incluida en el Registro
de Altas y Bajas en Materia de la Seguridad Social (Mi Simplificación).
También deberán estar presentadas las declaraciones
juradas determinativas y nominativas de los aportes y las contribuciones,
con destino a los distintos subsistemas de la Seguridad Social,
correspondientes a los períodos no prescriptos posteriores
al mes de junio de 1994, comprendidos en la certificación
de servicios y remuneraciones a generar.
Además,
los empleadores deberán rectificar las declaraciones juradas
cuando los datos a certificar no guarden relación con los
declarados. Cuando el sistema informe que la declaración
jurada se encuentra “en error”, deberá ingresarse
los datos necesarios para emitir la certificación.
Boudou
recordó que “diariamente cerca de 100 mil argentinos
acceden al portal de ANSES para realizar consultas y trámites
on line, como gestionar una pensión derivada, sacar turno
para iniciar una jubilación, obtener la constancia de CUIL,
optar por el régimen de reparto, entre otros”.
TODOS
LOS TRÁMITES SON GRATUITOS
ANSES
recuerda que, si alguien le sugiere que mediante el pago de dinero
a determinada persona podrá acelerar, acrecentar o bien
facilitar la obtención de un beneficio, debe realizar su
denuncia ante el organismo.
Todos
los trámites en ANSES son gratuitos y ante cualquier irregularidad
puede realizar la denuncia a través del 0800-222-6737 (ANSES)
o por correo electrónico, en la casilla de correo denuncias@anses.gov.ar.
PENSIÓN
POR FALLECIMIENTO DE UN JUBILADO
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
informa que la Pensión por fallecimiento de un beneficiario
podrá tramitarse por la página de Internet www.anses.gov.ar,
ingresando a la sección “Autopista de Servicios”,
o través del 0800-22-26737. Para poder acceder a esta prestación
deberá tener acreditados los datos en ANSES, al momento
de la solicitud.
CAMBIO
DE BANCO PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
Todo
jubilado o pensionado puede optar por cobrar sus haberes en cualquiera
de las entidades bancarias habilitadas por ANSES para efectuar
los pagos, así como en alguno de los centros de pago exclusivos.
El cambio no representa costo alguno para el beneficiario. Este
trámite debe hacerse telefónicamente, llamando al
0800-22-26737, de lunes a viernes de 08 a 20 hs.
CÓMO
SE DEBE TRAMITAR EL CUIL
El
Código Único de Identificación Laboral (CUIL)
es el número que se otorga, por única vez, a todo
trabajador al inicio de su actividad laboral en relación
de dependencia, y a toda otra persona que gestione alguna prestación
o servicio de la Seguridad Social. El trámite para la asignación
de CUIL o la modificación de algún dato lo puede
realizar el titular o un tercero en cualquier delegación
de ANSES, o telefónicamente a través del 0800-222-6737,
de 8 a 20hs. Una vez tramitado, la constancia se puede obtener
a través de la página de Internet www.anses.gov.ar,
o solicitarla por teléfono, recibiendo posteriormente,
las credenciales por correo.
LA
CERTIFICACIÓN NEGATIVA SE PUEDE OBTENER POR INTERNET
La
Certificación Negativa puede obtenerse a través
de la página de Internet www.anses.gov.ar, en la sección
Autopista de Servicios. Este comprobante acredita que una persona
no posee ningún beneficio previsional, al ser cotejada
su situación en las bases de datos de ANSES. El certificado
permite a las personas sin ingresos y sin cobertura acceder a
determinadas prestaciones en hospitales públicos, como
así también a planes sociales.
VUELTA
A LA ACTIVIDAD
Aquellas
personas titulares de una jubilación o pensión del
Régimen de Reparto, pueden reingresar a la actividad tanto
en relación de dependencia como en carácter de autónomo,
sin que se le suspenda el beneficio.
El reingresado a la actividad tiene la obligación de efectuar
aportes, destinados al Fondo Nacional de Empleo.
En el caso de volver a trabajar, el jubilado no podrá solicitar
reajuste o mejorar la prestación originaria por los nuevos
aportes realizados.
ASIGNACIÓN
FAMILIAR POR MATERNIDAD
La
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
recuerda a todas las trabajadoras bajo relación de dependencia,
que tienen el derecho a recibir el pago de un monto igual a la
remuneración bruta que le hubiera correspondido percibir
durante el período de Licencia Legal en el empleo, con
motivo del parto.
En el caso de poseer más de un empleo, tiene derecho a
la percepción de esta Asignación Familiar en cada
uno de ellos.
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EL
CODEM SE PUEDE SOLICITAR A TRAVÉS DE INTERNET
La
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
informa que el Comprobante de Empadronamiento para Obras Sociales
(CODEM) se puede obtener a través de la Autopista de Servicios
en su página de Internet, www.anses.gov.ar,
evitando así tener que concurrir a las delegaciones del
Organismo. El CODEM es un comprobante que solicita PAMI y otras
obras sociales para todos aquellos que deseen afiliarse, y para
verificar que los aportes de un trabajador estén efectivamente
en la obra social determinada.
ANSES,
General Rodriguez.
 |
Gustavo
David Gomez
Jefe Oficina General Rodriguez |